Ministerio de Justicia de la República de Cuba
El Ministerio de Justicia de la República de Cuba, conocido por el acrónimo (MINJUS)
El actual ministerio fue fundado en 1959. Su sede radica en la Calle O # 216 e/ 23 y 25 Vedado, Plaza de la Revolución, La Habana, Cuba. Sus funciones fundamentales son preparar la política jurídica, ejecutarla y controlarla.
Según Decreto-Ley 376 de 2019, del Consejo de Estado.
El Ministerio de Justicia es el organismo de la Administración Central del Estado encargado de asistir en materia legal al Estado y al Gobierno, así como proponer y, una vez aprobadas, dirigir las políticas que en materia jurídica le correspondan.
Según el Acuerdo No. 8663/2019, del Consejo de Ministros.
1. Proponer y una vez aprobado ejecutar el Plan Legislativo del Gobierno y participar en el del Estado.
2. Participar en el asesoramiento jurídico y legislativo al Estado, al Gobierno, a los organismos de la Administración Central del Estado y demás entidades nacionales.
3. Ejercer la dirección técnica, normativa, metodológica y de control al ejercicio de la función notarial, del sistema de registros públicos, al asesoramiento jurídico a personas jurídicas y la asistencia y representación legal a las personas naturales.
4. Dictaminar sobre la vigencia de las disposiciones legales.
5. Dictaminar con otros órganos, organismos y entidades nacionales, la conveniencia del perfeccionamiento, sistematización y codificación de las disposiciones jurídicas.
6. Cumplir las responsabilidades asignadas en relación con el ejercicio de la abogacía; la tramitación de asuntos penales y la representación al Estado en defensa de su patrimonio según le corresponda.
7. Asegurar y controlar e proceso de publicación en la Gaceta Oficial de la República y el acceso del ciudadano a la ley.
8. Desempeñar las funciones asignadas por ley en relación con las formas asociativas sin ánimo de lucro, las instituciones eclesiásticas y las basadas en el credo religioso.
9. Dirigir las comisiones de reclamaciones que se creen al amparo de la Ley No. 80 “Ley de Reafirmación de la Dignidad y Soberanía cubanas”, del 24 de diciembre de 1996, y tramitar las solicitudes que en ellas se presenten;
10. Actuar como autoridad central en los tratados de Derecho Internacional Público y Privado en los que resulte designado.
11. Desempeñar la Secretaría de la Comisión Nacional de Drogas y la representación de Cuba en la Comisión de Estupefacientes de Naciones Unidas.
12. Actuar como organismo balancista y determinar, en Coordinación con el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social y otros órganos y organismos de la administración Central del Estado, la distribución de los graduados de la carrera de Derecho y controlar el cumplimiento de su servicio social.